Los procedimientos de transferencia y reconocimiento de créditos se articularán conforme a lo establecido en el RD 1393/2010, modificado por el Real Decreto 861/2010, y la Normativa de Transferencia y Reconocimiento de Créditos para Titulaciones Adaptadas al EEES de la Universidade de Vigo, aprobada por el Consejo de Gobierno el 23 de julio de 2008 (ver más).
Según lo establecido en la normativa en vigor, el reconocimiento de créditos en el Máster deberá respetar las siguientes reglas:
- Serán competencias reconocibles por materias, módulos y complementos formativos del Programa de los estudios de Máster, cualquier estudio universitario, perfil académico o profesional coincidentes con las competencias y conocimientos que se impartan en el Máster así determinado mediante la correspondiente Resolución Rectoral, de conformidad con los órganos académicos de estos estudios.
- Los módulos, materias y complementos de formación reconocidos por Resolución Rectoral se considerarán superados a todos los efectos y figurarán en el expediente del alumnado.
- Sólo se podrán reconocer estudios correspondientes a los segundos ciclos de enseñanzas conducentes la titulaciones de Licenciado, Ingeniero y Arquitecto.
- El número de créditos que podrá ser reconocido a partir de la experiencia profesional o laboral y de estudios universitarios no oficiales, no superará el 15 por ciento del total de los créditos que constituyan el plan de estudios (incluyendo el Trabajo Fin de Máster), con las excepciones que se establecen en el Real Decreto 1393/2007. El reconocimiento no incorporará calificación por lo que no computará a efectos de baremo del expediente.
- En ningún caso serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes al Trabajo Fin de Máster.
A propuesta de la Comisión Académica del título, la Xunta de Centro será la responsable de aprobar y publicar la tabla de adaptación y reconocimiento de créditos de los estudios impartidas en la ESEI (Ingeniería en Informática, Máster en Sistemas Software Inteligentes y Adaptables y Máster en Consultoría de Software Libre) al nuevo plan. En cualquiera caso, la Comisión Académica del título decidirá de manera personalizada qué materias deben cursar en cada caso los estudiantes en caso de conflicto.
Las prácticas profesionales podrán ser reconocidas por experiencia profesional del/la estudiante siempre que se acredite un periodo mínimo de 225 horas. La Comisión Académica será la encargada de evaluar sí la experiencia profesional es reconocible por la asignatura en función de las actividades desarrolladas durante a misma.
Del mismo modo, las prácticas profesionales podrán ser reconocidas por prácticas extracurriculares, siempre y cuando el programa formativo de estas últimas se ajuste a las competencias de la materia y el número de horas de estas sea superior a 225. La Comisión Académica evaluará la adecuación a los criterios de las peticiones de adaptación.